ACUERDO DE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD PARA PROTECCIÓN DE PERIODISTAS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.
2010-2016
Los riesgos que corren las personas que ejercen el periodismo, así como las y los trabajadores de los medios de comunicación que laboran en condiciones difíciles, constituyen un hecho presente en la realidad nacional e internacional.
Ante esa situación, no es poco lo que pueden hacer las autoridades, las empresas y las organizaciones de periodistas, para evitar actos que atentan contra la libertad de expresión y de prensa.
Reconocemos que se deben proteger los derechos de las y los periodistas a informar libremente, asumiendo simultáneamente que los incidentes violentos pueden prevenirse, sin coartar la indagación de hechos periodísticos, observando medidas que reduzcan al mínimo los riesgos a que se exponen.
Es necesario que las y los comunicadores eviten correr riesgos, fomentando la cooperación entre periodistas y autoridades cuando existan condiciones potencialmente peligrosas.
En concordancia con los Artículos 1º y 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Gobierno del Estado de Chihuahua, hace patente su interés en defender el derecho de los periodistas de contar con condiciones seguras y protegidas, en irrestricto respeto a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, numeral 19, que versa sobre la Libertad de Expresión y Opinión, y de la Convención Americana de los Derechos Humanos, en sus preceptos 13 y 14, como instrumentos internacionales vinculantes donde el Estado mexicano participa como firmante.
Siendo así, es que a nivel local, a través de la voluntad y compromiso expreso del C. Gobernador Constitucional del Estado, desde el inicio de su gestión, presentó iniciativa de reforma a la fracción IX del Artículo 136 del Código Penal en el Estado de Chihuahua, promoviendo que los delitos de homicidio y lesiones sean calificados cuando se cometan en perjuicio de periodistas, titulares o empleados de medios de comunicación, con motivo o en ejercicio de su actividad periodística, endureciendo palpablemente la penalidad impuesta a quien o –a quienes- resulten responsables.
Teniendo en cuenta estas consideraciones, la Administración Estatal 2010-2016, busca que las autoridades públicas acaten el presente instrumento, y que los periodistas y organizaciones de los medios de comnicacion conozcan y difundan el Acuerdo que viene a coadyuvar al respeto de sus derechos, baja los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S:
1.- Refiriendo como base, el “Acuerdo para la Implementación del Sistema Integral de Seguridad para Periodistas del Estado de Chihuahua”, publicado en 2010, desglosándose en: Lineamientos Generales, Protocolo de Seguridad para la Cobertura de Sucesos de Alto Riesgo; Procedimiento Cautelar de Protección; y el Procedimiento de Flujo de Información; es que se retoman, reestructuran y complementan diversos aspectos torales, que permanecían pendientes de revisión, buscando garantizar la participación plena de las y los periodistas, beneficiarios en la implementación y funcionamiento de los mecanismos y también de las autoridades competentes.
2.- Asimismo, se hace un exhorto a todos los medios de comunicación, para asegurarse que las y los periodistas que estén trabajando para ellos en encomiendas que involucren riesgos, estén adecuadamente entrenados, equipados y asegurados.
El presente instrumento debe ser conocido no sólo por aquellos que se encuentran en una zona de riesgo y cubriendo tareas peligrosas, sino también por los propietarios de los medios que envían a los periodistas a cubrir esas encomiendas.
En ese sentido, la seguridad de sus periodistas debe ser primordial para los medios de comunicación, valorando la toma de riesgos innecesarios al realizar coberturas en zonas en conflicto u otras áreas hostiles.
El “Sistema Integral de Seguridad para la Protección de Periodistas en el Estado de Chihuahua”, puede coadyuvar de manera definitiva a minimizar los riesgos pero por sí solo, no puede salvaguardar la seguridad de quien se coloca en impredecibles situaciones de riesgo.
3.- Es de indiscutible relevancia enfatizar que, tanto periodistas como las y los trabajadores de los medios de comunicación deben estar preparados para hacer frente en el momento en que surjan las dificultades, por lo cual, se reforzará el trabajo de difusión del presente instrumento, con cursos permanentes y especializados en“Criminalística y Periodismo de Alto Riesgo.” Así las cosas, todo periodista que enfrente un peligro potencial, deberá desarrollar un plan de contingencia para responder ante una emergencia, antes de que inicien con su trabajo, siguiendo los lineamientos generales y específicos descritos en el “Protocolo de Seguridad para la cobertura de Sucesos de Alto Riesgo”, del presente instrumento.
5.- Particularmente, resulta de esencial relevancia, mencionar la complementación que el apartado del “Procedimiento Cautelar de Protección” ha recibido, donde además del Comité de Riesgo y el Grupo Técnico, ahí citados, la autoridad responsable que se involucra más activamente en dar seguimiento, es la actual Fiscalía General del Estado de Chihuahua (antes Procuraduría General de Justicia del Estado).
Esa institución gubernamental, misma que durante la presente Administración Estatal, sufrió una reingeniería que potencializa sus funciones, conduce los aspectos fundamentales de: ofrecimiento e implementación de medidas cautelares, valoración del riesgo e investigación.
Actualmente, con el apoyo del área de Atención a Víctimas y Ofendidos del Delito de la Fiscalía General, el redimensionamiento al “Procedimiento Cautelar de Protección”, da efectividad a esquemas que quedaron pendientes de construcción y organización.
6.- Cabe señalar que, los Informes publicados en 2011, por las Relatorías para la Libertad de Expresión en Misión Oficial en México, por parte de la ONU y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, valoraron positivamente la suscripción del “Acuerdo de Implementación del Sistema Integral de Seguridad para Periodistas del Estado de Chihuahua”.
Sin embargo, retomando la relevancia de esta visión internacional, fue necesario fortalecer al apartado del “Procedimiento Cautelar de Protección”, a fin de cumplir algunas de las recomendaciones generales de ambos informes, sobre definir con mayor precisión las medidas de protección contempladas en el mecanismo y el procedimiento específico para su adopción, partiendo de una efectiva coordinación entre las entidades responsables de la implementación de medidas de prevención y protección.
En ese orden de ideas, también en concordancia con la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito para México, Centroamérica y el Caribe, debemos enfocarnos en combatir la vulnerabilidad que acecha a la profesión periodística, tales como: buscar mayores niveles de profesionalización de las personas que ejercen el oficio periodístico y generar condiciones de respeto, promoviendo un periodismo profesional, veraz, ético y constructivo, así como fomentar la comunicación y solidaridad entre los miembros del gremio y una relación funcional con las Autoridades Estatales.
En virtud de lo expuesto, la presente Administración Estatal 2010-2016, retoma el referido Acuerdo, refrendando la necesidad de afrontar los retos actuales, bajo la observancia de los derechos humanos y de seguridad en esta entidad federativa, privilegiando el respeto y la objetividad del gremio periodístico.
En vista de lo anteriormente expuesto, las partes que suscriben este instrumento, han tenido a bien tomar el siguiente:
A C U E R D O:
PRIMERO.- Se implementa el Sistema Integral de Seguridad para Protección de Periodistas del Estado de Chihuahua, desglosándose en los Principios Generales, el Protocolo de Seguridad para la Cobertura de Sucesos de Alto Riesgo, el Procedimiento Cautelar de Protección y el Procedimiento de Flujo de Información, que son del subsecuente tenor:
PRINCIPIOS GENERALES
1. La autoridad deberá permitir el acceso y proporcionar a todos los medios de comunicación información de manera oportuna y veraz en condiciones de igualdad, siempre y cuando no se encuentre catalogada como reservada o confidencial, acorde a lo que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua; y demás legislación aplicable.
2. El Estado deberá coadyuvar en la profesionalización y actualización continua de los periodistas, exhortando a las empresas, organizaciones de periodistas y trabajadores de los medios de comunicación, a que se proporcione información sobre sensibilizacion al riesgo, en los casos que se tengan probabilidades de participar en misiones en las que prevalezcan condiciones peligrosas, o que razonablemente puede esperarse que lo sean.
3. El Estado deberá instrumentar y operar un procedimiento de protección cautelar, para salvaguardar a periodistas amenazados por razones de su oficio, privilegiando casos en el que el riesgo de peligro sea inminente, según la evaluación generada por las instancias correspondientes, bajos los principios de inmediatez y eficacia requeridos en estos casos.
4. El Estado deberá prevenir las agresiones contra periodistas. Las autoridades capacitarán a su personal, en la obligación de respetar la dignidad humana y con ello los derechos y libertades de los periodistas y de las y los trabajadores de los medios de comunicación.
5. El Estado deberá investigar toda agresión a periodistas, iniciando el procedimiento y medidas cautelares, de manera inmediata y oportuna, para la salvaguarda e integridad de los afectados.
6. El Estado deberá rendir cuentas sobre las investigaciones y resoluciones relacionadas con agresiones a periodistas.
7. El Estado deberá poner especial atención en la supervisión de los servidores públicos, en cuanto a sus relaciones con los medios de comunicación y aplicar en su caso, el procedimiento administrativo sancionador especificado en la legislación correspondiente, o la vía de procedimientos penales a los que haya lugar.
8. El periodista deberá buscar y transmitir la información de manera ética, veraz y oportuna.
9. El periodista deberá capacitarse de manera continua, coadyuvando preferentemente para ello de manera conjunta: el Estado, las empresas y organizaciones del gremio periodístico.
10. El periodista no será objeto en ningún momento de agresiones o represalias, interferencias, presiones directas o indirectas al recabar y publicar información; en todo momento será protegido por el Estado.
11. El periodista deberá hacer del conocimiento de la instancia encargada de llevar a cabo el procedimiento cautelar de protección, las agresiones de que sea objeto con motivo de su oficio, así como buscará presentará denuncia oportuna ante las autoridades; requisitos necesarios para la protección e investigación correspondientes.
12. Los periodistas deberán desplegar acciones de solidaridad ante agresiones a sus compañeros, por el ejercicio de su profesión.
13. El periodista deberá contar con el equipo adecuado para el desempeño de sus funciones.
14. El periodista deberá identificarse como tal, en el desempeño de su actividad profesional.
15. El periodista y los medios de comunicación deberán adoptar políticas editoriales de autoprotección al manejar información de riesgo.
16. En todo momento deberá respetarse el secreto profesional del periodista y el Código de Ética marcado por los medios de Comunicacion y el presente Acuerdo.
PROTOCOLO DE SEGURIDAD PARA LA COBERTURA DE SUCESOS DE ALTO RIESGO
Guía de Recomendaciones para periodistas, empresas de los medios de Comunicación y autoridades
Recomendaciones para periodistas
1. Evalúe la situación de riesgo en el área de trabajo.
2. Verifique si hay anomalías en las comunicaciones o irregularidades en los correos electrónicos que envía o recibe.
3. Identifíquese como periodista. Tenga a la mano o a la vista las credenciales que lo acreditan como tal.
4. Cuando por amenaza o presión no se pueda publicar información en la prensa local, compártala con periodistas de medios de comunicaciones nacionales, de otras ciudades o internacionales.
5. Evite sustentar las noticias con fuentes anónimas.
6. Busque alternativas de información para contrastar los datos obtenidos que sustenten las noticias.
7. Reaccione con tranquilidad ante los reclamos de las fuentes por el manejo de la información.
8. Garantice el derecho de réplica; rectifique de manera oportuna, si cometió un error.
9. En caso de reclamos de la fuente o afectado con alguna información, es importante dejar claro al afectado que el medio confía en sus periodistas y que estos tienen todo su respaldo, y que si se equivocan es de buena fe.
10. Respete el dolor de las víctimas.
11. Sea cuidadoso en la formulacion de las preguntas, sobre todo en aquellas de tipo inducido, así como en los señalamientos de responsables por los hechos, de los cuales no se tenga la debida certeza.
12. Revise continuamente el desarrollo de su trabajo periodístico para advertir cuando una nota ordinaria se convierte en una información de alto riesgo.
13. Consulte manuales de ética periodística y de cobertura periodística.
14. Asegúrese de tener los datos de contacto de los familiares de su equipo de trabajo.
15. Hable por teléfono con la misma precaución que lo haría si supiera que lo están interviniendo.
16. Evalúe su condición física mediante un examen médico para evitar riesgo.
17. Sea prudente con el uso de información filtrada a los medios.
18. Concientice a su familia acerca de los riesgos que implica su profesión.
19. Adopte medidas básicas de seguridad en el hogar como el uso de alarma, visor en puerta principal, iluminación exterior, interrelacione con su entorno vecinal, denuncie personas o situaciones sospechosas.
20. Identifique su casa únicamente con calle y número sin ningún otro dato.
21. Modifique sus hábitos de desplazamiento, tanto en horarios como en rutas y genere espacios de protección al conducir. Camine en sentido contrario al del flujo vehicular.
22. Genere copias de seguridad de su material periodístico, de preferencia impreso y guárdelas en un lugar distinto.
23. Reflexione sobre la necesidad periodística de exponerse a algún riesgo innecesario, en el ejercicio de su labor.
Recomendaciones para las empresas de medios de comunicación y Autoridades
24. En lo posible, rote cada cierto tiempo a los periodistas de sección y de fuentes.
25. Establezca mecanismos dentro del medio de comunicación para recibir, evaluar, solucionar y responder por posibles errores en las informaciones.
26. El Estado, las empresas de los medios de comunicación y las organizaciones de periodistas, coadyuvarán en la capacitación, sensibilización e información en medidas cautelares, así como en primeros auxilios.
27. En la recepción de los medios deberá permanecer siempre personal de seguridad calificado. El personal jamás proporcionará información ni detalles personales de los periodistas y empleados.
28. Revise siempre la correspondencia, no reciba paquetes de remitentes desconocidos o anónimos, no abra paquetes dudosos y aumente los cuidados en fechas especiales. Utilice un detector de metales.
Recomendaciones específicas en la búsqueda de información
1. Recuerde siempre que durante la cobertura periodística de sucesos de alto riesgo, su vida la de sus familiares y su patrimonio están en peligro.
2. En el contacto con grupos armados ilegales, busque posibilidades de bajo riesgo como llamadas telefónicas o correo electrónico; evite en la medida de lo posible la entrevista personal.
3. En caso de llegar antes que las autoridades y los organismos de socorro a lugares donde ocurrió un hecho violento o en extremo peligroso, mantenga una distancia y una actitud prudente.
4. Respete los cordones de seguridad instalados por la Fuerza Pública y no busque caminos alternos para meterse en los lugares restringidos, acate en todo momento las indicaciones tendientes a su protección personal, la escena del crimen o el área del suceso.
5. En caso de alerta de bomba no ingresar al lugar de la amenaza, atienda las recomendaciones de la policía y apague el celular.
6. Evite involucrarse en acciones que pongan en duda su imparcialidad.
7. Protéjase y póngase a salvo de agresiones físicas, evite conflictos. Explique a los agresores cuál es su trabajo.
8. Sea solidario con los colegas agredidos.
9. Determine un plan de acción en el que se evalúen los posibles riesgos y soluciones durante la cobertura de información, especialmente cuando se trate de lugares con condiciones geográficas y climáticas adversas. Lleve botiquín de primeros auxilios.
10. Establezca alianzas con otros medios de comunicación para realizar cobertura conjunta en zonas peligrosas, o cuando se agudizan las amenazas y presiones ilegales.
11. Identifique qué actores armados se encuentran en la zona y el tipo de control que ejercen.
12. No se exponga a ser blanco de fuego cruzado de balas. Cuando escuche disparos arrójese al piso, esté atento al sonido de los disparos. Si está realizando un trabajo con cámara de video, póngala en el suelo – si es el caso, acuéstela-, no la apague y déjela en un plano abierto, tape los sensores de las cámaras, no utilice el flash, evite hacer zoom a los rostros y no prenda los visores digitales en trabajos nocturnos; evite perder la visión periférica del suceso.
13. Utilice el equipo adecuado para hacer tomas fotográficas o de video que le permitan auto protegerse de una agresión. No utilice equipo que pueda ser confundido con armas.
14. Tome distancia de quienes pretendan pasarse por reporteros sin serlo.
15. Utilice vestimenta distinta a la que es utilizada por las corporaciones policiales o militares.
16. Posterior a la cobertura, evalúe los riesgos a los que se expuso y los errores que cometió.
17. Comunique los viajes que por necesidades de información tenga que realizar, manténgase en contacto permanente y lleve consigo un directorio de medios del lugar.
18. Sea consciente de que el suceso que pretende cubrir y las circunstancias hayan cambiado, volviéndolo aún más grave de lo que le han informado, habiendo otra realidad que pueda vulnerar su seguridad.
19. Evite en la medida de lo posible viajar de noche y si está obligado a hacerlo, extreme precauciones.
20. No transporte ni permita ser transportado en vehículos de la fuerza pública o de los grupos armados ilegales. No transporte personas extrañas. De preferencia no utilice su vehículo particular.
21. En retenes, entrevistas, charlas o encuentros ocasionales con los grupos armados, condúzcase con imparcialidad.
22. Estacione su vehículo a distancia de los utilizados por la fuerza pública, manifestaciones o disturbios y visualice vías de salida.
23. Si le marcan alto, conserve el motor del vehículo encendido y no descienda si no se lo solicitan.
24. Evite en todo momento portar documentos que pudieran relacionarlo con alguna corporación de seguridad o militar. Porte los siguientes documentos: credencial de elector, licencia de conducir, identificación del medio de comunicación.
25. No negocie ni pacte en relación con información de alto riesgo.
26. Si alguno de sus compañeros es lesionado en una situación de alto riesgo, auxilie si es posible, de lo contrario solicite ayuda.
Recomendaciones específicas para la publicación
1. Siempre que se trate de información de alto riesgo no debe aparecer el nombre del autor, su imagen o voz, y omitir créditos.
2. Sea riguroso en la revisión de contenidos y su redacción, particularmente en las fuentes, lenguaje y las descripciones.
3. Tenga mucho cuidado en que los títulos de la información correspondan al contenido.
4. Cumpla los compromisos de confidencialidad.
5. Las órdenes especiales de investigación periodística sobre asuntos de riesgo deben de ser conservadas bajo confidencialidad, aún después de publicada la información.
6. Mantenga un diálogo permanente con sus periodistas, especialmente con los corresponsales, confíe en ellos, respáldelos, pero dé seguimiento a su trabajo.
7. Las modificaciones que surjan en el proceso de edición atendiendo criterios periodísticos o de seguridad deberán ser siempre comentadas con los autores de las notas.
8. Los sucesos de alto riesgo preferentemente deberán ser cubiertos por un enviado especial, para evitar poner en riesgo a los reporteros locales.
9. La cobertura de sucesos de alto riesgo deberá ser realizada por los periodistas de mayor experiencia.
10. Siempre deberá evaluarse la publicación de información cuando ésta derive de personas ordinarias que no visualizan el riesgo al que se expone.
11. Se recomienda establecer un Código de ética, que disponga la autolimitacion de los medios de comunicacion, en la publicación de imágenes que muestren escenarios de extrema violencia y crueldad.
Recomendaciones específicas en caso de artefactos explosivos
1. Ante cualquier amenaza o sospecha de bomba, mantenga la calma, desconecte aparatos electrónicos y aléjese.
2. De ser posible, intente obtener la mayor cantidad de información de quien lo amenaza.
3. Evite el contacto con cualquier objeto extraño, que genere sospecha y avise a las autoridades.
4. Ante amenaza de bomba o cualquier otro artefacto explosivo, siga las indicaciones que con respecto de su seguridad reciba, por parte de los expertos en su manejo.
Recomendaciones específicas en caso de amenazas
1. Asuma como cierta toda clase de amenaza, no entre en pánico y avise a las autoridades; nunca acepte la intermediación de terceros y analice la pertinencia de su divulgación.
2. Intente establecer el origen y los posibles autores de la amenaza (tono de voz, acento, género, frases utilizadas), así como un posible móvil e infórmelo.
3. Grabe las conversaciones e instale un identificador de llamadas; si es por escrito conserve el documento.
Recomendaciones específicas en caso de atentado
1. Huya del atacante y protéjase; llame la atención.
2. Trate de memorizar los rasgos físicos y la vestimenta de quien quiere atentar contra usted.
Si lo persiguen desde un vehículo, memorice la placa, el color y el modelo.
3. Si viaja en un automotor, mantenga las puertas con seguro y preferiblemente los vidrios arriba.
No se detenga en lugares aislados. Si lleva acompañantes y los persiguen, pídales que se tiren al suelo hasta que pase el peligro.
4. Si va a pie ingrese a lugares concurridos, de vigilancia policial o privada y centros comerciales. Avise a vigilantes o personas que puedan escoltarlo hasta un lugar seguro y pueda llamar a las autoridades o alguien de su confianza.
Recomendaciones específicas en caso de secuestro
1. No pierda la calma y evite confrontar a sus secuestradores.
2. Adopte un papel pasivo.
3. Siga las recomendaciones de sus secuestradores.
4. Ignore los intentos de desestabilizarlo emocionalmente.
5. Dialogue con sus captores e indíqueles que es periodista, que su oficio es informar y que no es su enemigo.
6. No esconda información. Responda única y exclusivamente lo que le pregunten.
7. Solicite avisar a su familia.
8. Mantenga su mente activa: lea, escuche radio, escriba.
9. Si son varios los secuestrados, brinde apoyo anímico.
Recomendaciones específicas en caso de hostigamiento por parte de elementos de la fuerza pública
1. Evite discusiones acaloradas o forcejeos.
2. Proteja su equipo y en caso de que sea privado del mismo, demuestre su inconformidad.
3. Si es víctima de una detención ilegal, agresión o abuso por parte de elementos de la fuerza pública, de aviso a la instancia correspondiente para activar el procedimiento de medidas cautelares en su caso, y procure la denuncia oportuna de los hechos ante las Autoridades competentes.
4. Si se da cuenta de que está siendo fotografiado o filmado, haga usted lo mismo: grabe o fotografíe a la persona, mientras ésta lo hace con usted.
Recomendaciones específicas en caso de protestas y desorden civil
1. Permanezca alerta ante dispersiones con gas lacrimógeno o artefactos incendiarios.
Equípese con una toalla y agua.
2. Identificar visiblemente que es periodista.
3. Trate de no quedar en la mitad de los enfrentamientos.
4. No tome partido por ningún bando involucrado.
PROCEDIMIENTO CAUTELAR DE PROTECCIÓN. (NOTA: NO CONTIENE AUN LAS OBSERVACONES DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS Y OFENDIDOS DEL DELITO)
1. El Estado tiene la obligación de crear un Programa de Protección Cautelar para Periodistas en situación de riesgo.
2. La efectividad del Programa, será vigilado por un Comité de Riesgo integrado por representantes de los tres Poderes del Estado, organizaciones de derechos humanos y agrupaciones periodísticas.
El Comité, estará integrado por los representantes de las siguientes instancias:
a) Un representante de la Fiscalía General del Estado; Un representante de la Secretaria General de Gobierno; Un representante de la Coordinación de Comunicacion Social.
b) La Comisión Estatal de Derechos Humanos y,
c) El Poder Judicial
d) El Poder Legislativo
d) Cinco representantes de agrupaciones de periodistas, designados en forma rotativa.
Sin excepción, ninguna instancia representativa deberá ser excluida de las reuniones de trabajo y acuerdos del Comité.
3. El Comité conocerá de las amenazas y agresiones por contacto directo del periodista afectado, por información suministrada por las autoridades; a través de los medios de comunicación y otros medios.
4. Conocida la amenaza, será atendida por el Grupo Técnico del Comité, integrado por un representante del Poder Ejecutivo Estatal, por conducto de la Fiscalía Especializada en Atención a Víctimas y Ofendidos del Delito, y de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, con el auxilio pericial necesario, quienes se entrevistarán con la víctima, y evaluarán el nivel de riesgo.
5. La autoridad abrirá una carpeta de investigación, con la sola manifestación del periodista.
6. El Grupo Técnico citará al Comité y presentará un dictamen para la adopción de medidas cautelares, de no ser posible por la urgencia del caso, las dictará la Fiscalía General del Estado, por conducto de su Fiscalía Especializada en Atención a Víctimas y Ofendidos del Delito.
7. Las medidas cautelares que se adopten, deberán asegurar la protección integral del periodista, su familia y el medio de comunicación.
8. De acuerdo a la experiencia internacional, las medidas cautelares podrán ir desde seguridad personal hasta el traslado del periodista fuera de la zona de origen, dependiendo del caso.
9. Las medidas cautelares deberán estar sujetas a revisión periódica y condicionadas a la permanencia y grado de riesgo.
10. Cuando las medidas cautelares requieran del uso extraordinario de recursos, se deberá recurrir a los programas establecidos, así como los que se integran con las aportaciones del sector público y privado.
11. El Comité sesionará al menos una vez cada dos meses y de forma extraordinaria cuando lo requiera el Grupo Técnico.
12. Con la finalidad de fortalecer este procedimiento de protección, el periodista podrá acudir a otras instancias nacionales o internacionales con el ánimo de la máxima protección.
13. El Comité de Riesgo podrá solicitar información a la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Contra la Libertad de Expresión (FEADLE) adscrita a la Procuraduría General de la República (PGR)
14.-Se instrumentará la atención especializada para los casos de ataques a periodistas, por medio del número de emergencia que a nivel local y Estatal se asigne, a fin de que los afectados cuenten con acceso rápido al auxilio, ante una situacion de agresión.
PROCEDIMIENTO DE FLUJO DE INFORMACIÓN DE LA AUTORIDAD
1. En todo momento la autoridad está obligada a actuar con respeto a los periodistas, atendiéndolos en sus solicitudes oficiales de información que sean formuladas.
2. Las autoridades, por conducto de las instancias facultadas para proporcionar información, darán aviso a los medios de comunicación o reporteros del incidente tan pronto como sea posible.
3. La autoridad está obligada a proporcionar información de los sucesos de manera permanente, con las excepciones de aquella clasificada como reservada o confidencial.
4. Independientemente del envío de comunicados, la autoridad propiciará entrevistas con la finalidad de atender cuestionamientos.
5. Las políticas de Comunicación Social serán establecidas tomando en cuenta las observaciones de los periodistas y medios de comunicación.
6. La Coordinacion de Comunicación Social en conjunción con la Fiscalía General del Estado, informará a los representantes de los diferentes medios de comunicación de los cambios y/o modificaciones referentes al flujo de información.
7. Las áreas de comunicación, deben privilegiar la máxima apertura de la información equilibrándolas con la protección de las investigaciones.
SEGUNDO.- El Comité y el Grupo Técnico integrados con motivo de los trabajos inherentes a la implementación del Sistema Integral de Seguridad para Protección de Periodistas del Estado de Chihuahua, podrán reunirse con cierta regularidad para revisar la situación del periodismo en Chihuahua, y de manera extraordinaria, cuando se presente algún suceso que lo amerite.
TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción, ordenándose su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Chihuahua, Chihuahua, a los _____ días del mes de ______ del año dos mil ________.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIC. CÉSAR HORACIO DUARTE JÁQUEZ
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
LIC. RAYMUNDO ROMERO MALDONADO
LIC. CARLOS MANUEL SALAS
FISCAL GENERAL DEL ESTADO
DR. ARMANDO GARCÍA ROMERO
FISCAL ESPECIALIZADO DE ATENCIÓN
A VÍCTIMAS Y OFENDIDOS DEL DELITO
LIC. JUAN RAMÓN FLORES GUTIÉRREZ
COORDINADOR DE COMUNICACIÓN SOCIAL
DE GOBIERNO DEL ESTADO
DIP. FRANCISCO SALCIDO LOZOYA
PRESIDENTE DEL H. CONGRESO DEL ESTADO
LIC. JAVIER RAMÍREZ BENÍTEZ
PRESIDENTE DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO
TESTIGOS DE HONOR
LIC. JOSÉ LUIS ARMENDÁRIZ GONZÁLEZ
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS
LIC. ROBERTO PIÑÓN OLIVAS
PRESIDENTE HONORARIO VITALICIO DE LA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PERIODISTAS MEXICANOS, A.C. (FAPERMEX)
LIC. LOURDES DÍAZ
PRESIDENTE DEL COLEGIO DE PERIODISTAS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A.C.
LIC. ADRIAN GARCÍA
PREESIDENTE DEL FORO DE PERIODISTAS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, A.C.
LIC. ROSARIO AGUILAR CHAMPO
PRESIDENTA DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE PERIODISTAS “DR. BELISARIO DOMÍNGUEZ”, A.C.
LIC. ROBERTO DELGADO ESCALANTE
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE PERIODISTAS DE CUDAD JUÁREZ, A.C.
LIC. RAMÓN SALCIDO MORENO
PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD DE PERIODISTAS Y COMUNICADORES DE CIUDAD JUÁREZ, A.C.
LIC. JORGE MACÍAS RODRÍGUEZ
PRESIDENTE DEL INSTITUTO INTERNACIONAL DE PERIODISMO Y COMUNICACIÓN POLITICA, A.C.
LIC. ROMÁN RENÉ MEDRANO CARRASCO
COLEGIO DE PERIODISTAS “JOSÉ VASCONCELOS”, A.C.
LIC. EDGAR PEINADO RUIZ
ASOCIACIÓN ESTATAL DE PERIODISTAS Y COMUNICADORES DE CHIHUAHUA, A.C.
PROF. ANTONIO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ
ASOCIACIÓN DE EDITORIALISTAS DE CHIHUAHUA, A.C.
LIC. RICARDO ALÁN BOONE SALMÓN
PRESIDENTE DE LA CÁMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA RADIO Y TELEVISIÓN DELEGACIÓN CHIHUAHUA