viernes, 7 de junio de 2013

Proyecto de reforma al protocolo de seguridad para periodistas que se firmará en Chihuahua

ACUERDO DE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD PARA PROTECCIÓN DE PERIODISTAS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.
2010-2016

Los riesgos que corren las personas que ejercen el periodismo, así como las y los trabajadores de los medios de comunicación que laboran en condiciones difíciles, constituyen un hecho presente en la realidad nacional e internacional.

Ante esa situación, no es poco lo que pueden hacer las autoridades, las empresas y las organizaciones de periodistas, para evitar actos que atentan contra la libertad de expresión y de prensa.

Reconocemos que se deben proteger los derechos de las y los periodistas a informar libremente, asumiendo simultáneamente que los incidentes violentos pueden prevenirse, sin coartar la indagación de hechos periodísticos, observando medidas que reduzcan al mínimo los riesgos a que se exponen.

Es necesario que las y los comunicadores eviten correr riesgos, fomentando la cooperación entre periodistas y autoridades cuando existan condiciones potencialmente peligrosas.

En concordancia con los Artículos 1º y 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Gobierno del Estado de Chihuahua, hace patente su interés en defender el derecho de los periodistas de contar con condiciones seguras y protegidas, en irrestricto respeto a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, numeral 19, que versa sobre la Libertad de Expresión y Opinión, y de la Convención Americana de los Derechos Humanos, en sus preceptos 13 y 14, como instrumentos internacionales vinculantes donde el Estado mexicano participa como firmante.

Siendo así, es que a nivel local, a través de la voluntad y compromiso expreso del C. Gobernador Constitucional del Estado, desde el inicio de su gestión, presentó iniciativa de reforma a la fracción IX del Artículo 136 del Código Penal en el Estado de Chihuahua, promoviendo que los delitos de homicidio y lesiones sean calificados cuando se cometan en perjuicio de periodistas, titulares o empleados de medios de comunicación, con motivo o en ejercicio de su actividad periodística, endureciendo palpablemente la penalidad impuesta a quien o –a quienes- resulten responsables.

Teniendo en cuenta estas consideraciones, la Administración Estatal 2010-2016, busca que las autoridades públicas acaten el presente instrumento, y que los periodistas y organizaciones de los medios de comnicacion conozcan y difundan el Acuerdo que viene a coadyuvar al respeto de sus derechos, baja los siguientes:

C O N S I D E R A N D O S:
1.- Refiriendo como base, el “Acuerdo para la Implementación del Sistema Integral de Seguridad para Periodistas del Estado de Chihuahua”, publicado en 2010, desglosándose en: Lineamientos Generales, Protocolo de Seguridad para la Cobertura de Sucesos de Alto Riesgo; Procedimiento Cautelar de Protección; y el Procedimiento de Flujo de Información; es que se retoman, reestructuran y complementan diversos aspectos torales, que permanecían pendientes de revisión, buscando garantizar la participación plena de las y los periodistas, beneficiarios en la implementación y funcionamiento de los mecanismos y también de las autoridades competentes.

2.- Asimismo, se hace un exhorto a todos los medios de comunicación, para asegurarse que las y los periodistas que estén trabajando para ellos en encomiendas que involucren riesgos, estén adecuadamente entrenados, equipados y asegurados.

El presente instrumento debe ser conocido no sólo por aquellos que se encuentran en una zona de riesgo y cubriendo tareas peligrosas, sino también por los propietarios de los medios que envían a los periodistas a cubrir esas encomiendas.

En ese sentido, la seguridad de sus periodistas debe ser primordial para los medios de comunicación, valorando la toma de riesgos innecesarios al realizar coberturas en zonas en conflicto u otras áreas hostiles.

El “Sistema Integral de Seguridad para la Protección de Periodistas en el Estado de Chihuahua”, puede coadyuvar de manera definitiva a minimizar los riesgos pero por sí solo, no puede salvaguardar la seguridad de quien se coloca en impredecibles situaciones de riesgo.

3.- Es de indiscutible relevancia enfatizar que, tanto periodistas como las y los trabajadores de los medios de comunicación deben estar preparados para hacer frente en el momento en que surjan las dificultades, por lo cual, se reforzará el trabajo de difusión del presente instrumento, con cursos permanentes y especializados en“Criminalística y Periodismo de Alto Riesgo.” Así las cosas, todo periodista que enfrente un peligro potencial, deberá desarrollar un plan de contingencia para responder ante una emergencia, antes de que inicien con su trabajo, siguiendo los lineamientos generales y específicos descritos en el “Protocolo de Seguridad para la cobertura de Sucesos de Alto Riesgo”, del presente instrumento.

5.- Particularmente, resulta de esencial relevancia, mencionar la complementación que el apartado del “Procedimiento Cautelar de Protección” ha recibido, donde además del Comité de Riesgo y el Grupo Técnico, ahí citados, la autoridad responsable que se involucra más activamente en dar seguimiento, es la actual Fiscalía General del Estado de Chihuahua (antes Procuraduría General de Justicia del Estado).

Esa institución gubernamental, misma que durante la presente Administración Estatal, sufrió una reingeniería que potencializa sus funciones, conduce los aspectos fundamentales de: ofrecimiento e implementación de medidas cautelares, valoración del riesgo e investigación.
Actualmente, con el apoyo del área de Atención a Víctimas y Ofendidos del Delito de la Fiscalía General, el redimensionamiento al “Procedimiento Cautelar de Protección”, da  efectividad a esquemas que quedaron pendientes de construcción y organización.

6.- Cabe señalar que, los Informes publicados en 2011, por las Relatorías para la Libertad de Expresión en Misión Oficial en México, por parte de la ONU y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, valoraron positivamente la suscripción del “Acuerdo de Implementación del Sistema Integral de Seguridad para Periodistas del Estado de Chihuahua”.

Sin embargo, retomando la relevancia de esta visión internacional, fue necesario fortalecer al apartado del “Procedimiento Cautelar de Protección”, a fin de cumplir algunas de las recomendaciones generales de ambos informes, sobre definir con mayor precisión las medidas de protección contempladas en el mecanismo y el procedimiento específico para su adopción, partiendo de una efectiva coordinación entre las entidades responsables de la implementación de medidas de prevención y protección.

En ese orden de ideas, también en concordancia con la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito para México, Centroamérica y el Caribe, debemos enfocarnos en combatir la vulnerabilidad que acecha a la profesión periodística, tales como: buscar mayores niveles de profesionalización de las personas que ejercen el oficio periodístico y generar condiciones de respeto, promoviendo un periodismo profesional, veraz, ético y constructivo, así como fomentar la comunicación y solidaridad entre los miembros del gremio y una relación funcional con las Autoridades Estatales.

En virtud de lo expuesto, la presente Administración Estatal 2010-2016, retoma el referido Acuerdo, refrendando la necesidad de  afrontar los retos actuales, bajo la observancia de los derechos humanos y de seguridad en esta entidad federativa, privilegiando el respeto y la objetividad del gremio periodístico.
En vista de lo anteriormente expuesto, las partes que suscriben este instrumento, han tenido a bien tomar el siguiente:

A C U E R D O:
PRIMERO.- Se implementa el  Sistema  Integral de  Seguridad para Protección  de Periodistas del  Estado  de  Chihuahua,  desglosándose  en  los  Principios  Generales,  el  Protocolo  de Seguridad  para  la  Cobertura  de  Sucesos  de  Alto  Riesgo,  el  Procedimiento  Cautelar  de Protección y el Procedimiento de Flujo de Información, que son del subsecuente tenor:

PRINCIPIOS GENERALES

1. La autoridad deberá permitir el acceso y proporcionar a todos los medios de comunicación información de manera oportuna y veraz en condiciones de igualdad, siempre y cuando no se encuentre catalogada como reservada o confidencial, acorde a lo que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua; y demás legislación aplicable.

2.  El  Estado  deberá  coadyuvar  en  la  profesionalización  y  actualización  continua  de  los periodistas, exhortando a las empresas, organizaciones de periodistas y  trabajadores de los medios de comunicación, a que se proporcione información sobre sensibilizacion al riesgo, en los casos que se tengan probabilidades de participar en misiones en las que prevalezcan condiciones peligrosas, o que razonablemente puede esperarse que lo sean.

3. El  Estado  deberá  instrumentar  y  operar  un  procedimiento   de  protección cautelar, para  salvaguardar  a periodistas amenazados por razones de su oficio, privilegiando casos en el que el riesgo de peligro sea inminente, según la evaluación generada por las instancias correspondientes, bajos los principios de inmediatez y eficacia requeridos en estos casos.

4. El  Estado deberá prevenir las agresiones contra periodistas. Las autoridades capacitarán a su personal, en la obligación de respetar la dignidad humana y con ello los derechos y libertades de los  periodistas y de las y los trabajadores de los medios de comunicación.   

5. El Estado deberá investigar toda agresión a periodistas, iniciando el procedimiento y medidas cautelares, de manera inmediata y oportuna, para la salvaguarda e integridad de los afectados.

6. El Estado  deberá  rendir  cuentas sobre  las  investigaciones  y resoluciones  relacionadas  con agresiones a periodistas.

7. El  Estado deberá poner especial atención en la supervisión de los servidores públicos, en cuanto a sus relaciones con los medios de comunicación y aplicar en su caso, el procedimiento administrativo sancionador especificado en la legislación correspondiente, o la vía de procedimientos penales a los que haya lugar.

8. El periodista deberá buscar y transmitir la información de manera ética, veraz y oportuna.

9. El periodista deberá capacitarse de manera continua, coadyuvando preferentemente para ello de manera conjunta: el Estado, las empresas y organizaciones del gremio periodístico.

10.  El  periodista  no  será  objeto  en  ningún  momento  de  agresiones  o  represalias, interferencias,  presiones  directas  o  indirectas  al  recabar  y  publicar  información;  en  todo momento será protegido por el Estado.

11.  El  periodista  deberá  hacer del conocimiento de la instancia encargada de llevar a cabo el procedimiento cautelar de protección, las  agresiones  de  que  sea  objeto  con  motivo  de  su oficio, así como buscará presentará denuncia oportuna ante las autoridades; requisitos necesarios para  la protección e investigación correspondientes.

12. Los periodistas deberán desplegar acciones de solidaridad ante agresiones a sus compañeros, por el ejercicio de su profesión.

13. El periodista deberá contar con el equipo adecuado para el desempeño de sus funciones.

14. El periodista deberá identificarse como tal, en el desempeño de su actividad profesional.

15. El periodista y los medios de comunicación deberán adoptar políticas editoriales de autoprotección al manejar información de riesgo.

16. En todo momento deberá respetarse el secreto profesional del periodista y el Código de Ética marcado por los medios de Comunicacion y el presente Acuerdo.

PROTOCOLO DE SEGURIDAD PARA LA COBERTURA DE SUCESOS DE ALTO RIESGO
Guía de Recomendaciones para periodistas, empresas de los medios de Comunicación y autoridades
Recomendaciones para periodistas

1. Evalúe la situación de riesgo en el área de trabajo.
2.  Verifique  si  hay  anomalías  en  las  comunicaciones  o  irregularidades  en  los  correos electrónicos que envía o recibe.
3.  Identifíquese  como  periodista.  Tenga  a  la  mano  o  a  la  vista  las  credenciales  que  lo acreditan como tal.
4.  Cuando  por  amenaza  o  presión  no  se  pueda  publicar  información  en  la  prensa  local, compártala  con  periodistas  de  medios  de  comunicaciones  nacionales,  de  otras  ciudades  o internacionales.
5. Evite sustentar las noticias con fuentes anónimas.
6.  Busque  alternativas  de  información  para  contrastar  los  datos  obtenidos  que  sustenten  las noticias.
7.  Reaccione  con  tranquilidad  ante  los  reclamos  de  las  fuentes  por  el  manejo  de  la información.
8. Garantice el derecho de réplica; rectifique de manera oportuna,  si cometió un error.
9. En caso de  reclamos de  la  fuente  o afectado con alguna información, es  importante dejar claro al  afectado que el  medio confía en  sus periodistas y  que  estos tienen  todo  su respaldo, y que si se equivocan es de buena fe.
10. Respete el dolor de las víctimas.
11.  Sea cuidadoso en la formulacion de las preguntas, sobre todo en aquellas de tipo inducido, así como en los señalamientos de responsables por  los  hechos, de los cuales no se tenga la debida certeza.
 12.  Revise  continuamente  el  desarrollo  de  su  trabajo  periodístico  para  advertir  cuando  una nota ordinaria se convierte en una información de alto riesgo.
13. Consulte manuales de ética periodística y de cobertura periodística.
14. Asegúrese de tener los datos de contacto de los familiares de su equipo de trabajo.
15.  Hable  por  teléfono  con  la  misma  precaución  que  lo  haría  si  supiera  que  lo  están interviniendo.
16. Evalúe su condición física mediante un examen médico para evitar riesgo.
17. Sea prudente con el uso de información filtrada a los medios.
18. Concientice a su familia acerca de los riesgos que implica su profesión.
19.  Adopte medidas básicas de seguridad en el hogar como el uso de  alarma, visor en puerta principal,  iluminación  exterior,  interrelacione  con  su  entorno  vecinal,  denuncie  personas  o situaciones sospechosas.
20. Identifique su casa únicamente con calle y número sin ningún otro dato.
21.  Modifique  sus  hábitos  de  desplazamiento,  tanto  en  horarios  como  en  rutas  y  genere espacios de protección al conducir. Camine en sentido contrario al del flujo vehicular.
22.  Genere  copias  de  seguridad  de  su  material  periodístico,  de  preferencia  impreso  y guárdelas en un lugar distinto.
23. Reflexione sobre la necesidad periodística de exponerse a algún riesgo innecesario, en el ejercicio de su labor.

Recomendaciones para las empresas de medios de comunicación y Autoridades

24. En lo posible, rote cada cierto tiempo a los periodistas de sección y de fuentes.
25.  Establezca  mecanismos  dentro  del  medio  de  comunicación  para  recibir,  evaluar, solucionar y responder por posibles errores en las informaciones.
26. El Estado, las empresas de los medios de comunicación y las organizaciones de periodistas, coadyuvarán en la capacitación, sensibilización e información en medidas cautelares, así como en primeros auxilios. 
27.  En  la  recepción  de  los  medios  deberá  permanecer  siempre  personal  de  seguridad calificado.  El  personal  jamás  proporcionará  información  ni  detalles  personales  de  los periodistas y empleados.
28.  Revise  siempre  la  correspondencia,  no  reciba  paquetes  de  remitentes  desconocidos  o anónimos, no abra paquetes dudosos y aumente los cuidados en fechas especiales. Utilice un detector de metales.

Recomendaciones específicas en la búsqueda de información

1. Recuerde siempre que durante la cobertura periodística de sucesos  de alto riesgo, su vida la de sus familiares y su patrimonio están en peligro.
2.  En  el  contacto  con  grupos  armados  ilegales,  busque  posibilidades  de  bajo  riesgo  como llamadas  telefónicas  o  correo  electrónico;  evite  en  la  medida  de  lo  posible  la  entrevista personal.
3. En caso de llegar antes que las autoridades y los organismos de socorro a lugares donde ocurrió un  hecho violento  o  en  extremo  peligroso, mantenga  una  distancia  y una  actitud prudente.
4. Respete  los  cordones  de  seguridad  instalados  por  la  Fuerza  Pública  y no busque  caminos alternos  para  meterse  en  los  lugares  restringidos,  acate en  todo  momento  las indicaciones tendientes a su protección personal, la escena del crimen o el área del suceso.
5.  En  caso  de  alerta  de  bomba  no  ingresar  al  lugar  de  la  amenaza,  atienda  las recomendaciones de la policía y apague el celular.
6. Evite involucrarse en acciones que pongan en duda su imparcialidad.
7. Protéjase y póngase a salvo de agresiones físicas, evite conflictos. Explique a los agresores cuál es su trabajo.
8. Sea solidario con los colegas agredidos.
9. Determine un plan de acción en el que se evalúen los posibles riesgos y soluciones durante la  cobertura  de  información,  especialmente  cuando  se  trate  de  lugares  con  condiciones geográficas y climáticas adversas. Lleve botiquín de primeros auxilios.
10. Establezca alianzas con otros medios de comunicación para realizar cobertura conjunta en zonas peligrosas, o cuando se agudizan las amenazas y presiones ilegales.
11.  Identifique  qué  actores  armados  se  encuentran  en  la  zona  y  el  tipo  de  control  que ejercen.
12.  No  se exponga a ser  blanco  de fuego  cruzado  de  balas.  Cuando  escuche  disparos  arrójese  al  piso,  esté atento al sonido de  los  disparos. Si está  realizando un trabajo  con  cámara de  video,  póngala en  el  suelo  –  si  es  el  caso,  acuéstela-,  no  la  apague  y  déjela  en  un  plano  abierto,  tape  los sensores  de  las  cámaras,  no  utilice  el  flash,  evite  hacer  zoom  a  los  rostros  y  no  prenda  los visores digitales  en  trabajos  nocturnos;  evite  perder  la  visión  periférica  del suceso.
13. Utilice el equipo adecuado para hacer tomas fotográficas o de video que le permitan  auto protegerse de una agresión. No utilice equipo que pueda ser confundido con armas.
14. Tome distancia de quienes pretendan pasarse por reporteros sin serlo.
15. Utilice vestimenta distinta a la que es utilizada por las corporaciones policiales o militares.
16. Posterior a la cobertura, evalúe los riesgos a los que se expuso y los errores que cometió.
17. Comunique los viajes que por necesidades de información tenga que realizar, manténgase en contacto permanente y lleve consigo un directorio de medios del lugar.
18.  Sea consciente de que el suceso que pretende cubrir y las circunstancias hayan cambiado, volviéndolo aún más grave de lo que le  han  informado, habiendo otra realidad que pueda vulnerar su seguridad.
19.  Evite  en  la  medida  de  lo  posible  viajar  de  noche  y  si  está  obligado  a  hacerlo,  extreme precauciones.
20.  No  transporte  ni  permita  ser  transportado  en  vehículos  de  la  fuerza  pública  o  de  los grupos  armados  ilegales.  No  transporte  personas  extrañas.  De  preferencia  no  utilice  su vehículo particular.
21.  En  retenes,  entrevistas,  charlas  o  encuentros  ocasionales  con  los  grupos  armados, condúzcase con imparcialidad.
22. Estacione su vehículo a distancia de los utilizados por la fuerza pública, manifestaciones o disturbios y visualice vías de salida.
23.  Si  le  marcan  alto,  conserve  el  motor  del  vehículo  encendido  y  no  descienda  si  no  se  lo solicitan.
24.  Evite  en  todo  momento  portar  documentos  que  pudieran  relacionarlo  con  alguna corporación  de  seguridad  o  militar.  Porte  los  siguientes  documentos: credencial  de  elector, licencia de conducir, identificación del medio de comunicación.
25. No negocie ni pacte en relación con información de alto riesgo.
26.  Si  alguno  de  sus  compañeros  es  lesionado  en  una  situación  de  alto  riesgo,  auxilie  si  es posible, de lo contrario solicite ayuda.

Recomendaciones específicas para la publicación
1. Siempre que se trate  de información de alto riesgo no debe aparecer el nombre del autor, su imagen o voz, y omitir créditos.
2.  Sea  riguroso  en  la revisión  de  contenidos  y  su redacción, particularmente en  las fuentes, lenguaje y las descripciones.
3. Tenga mucho cuidado en que los títulos de la información correspondan al contenido.
4. Cumpla los compromisos de confidencialidad.
5. Las órdenes  especiales de investigación  periodística sobre  asuntos de riesgo  deben  de ser conservadas bajo confidencialidad, aún después de publicada la información.
6.  Mantenga  un  diálogo  permanente  con  sus  periodistas,  especialmente  con  los corresponsales, confíe en ellos, respáldelos, pero dé seguimiento a su trabajo.
7. Las modificaciones  que  surjan  en el proceso  de edición atendiendo criterios periodísticos o de seguridad deberán ser siempre comentadas con los autores de las notas.
8. Los sucesos de alto riesgo preferentemente deberán ser cubiertos por un enviado especial, para evitar poner en riesgo a los reporteros locales.
9.  La  cobertura  de  sucesos  de  alto  riesgo  deberá ser  realizada  por  los  periodistas de  mayor experiencia.
10.  Siempre  deberá  evaluarse  la  publicación  de  información cuando ésta  derive  de personas ordinarias que no visualizan el riesgo al que se expone.
11. Se recomienda establecer un Código de ética, que disponga la autolimitacion de los medios de comunicacion, en la publicación de imágenes que muestren escenarios de extrema violencia y crueldad.

Recomendaciones específicas en caso de artefactos explosivos
1.  Ante  cualquier  amenaza  o  sospecha  de  bomba,  mantenga  la  calma,  desconecte  aparatos electrónicos y aléjese.
2. De ser posible, intente obtener la mayor cantidad de información de quien lo amenaza.
3.  Evite  el  contacto  con  cualquier  objeto  extraño,  que  genere  sospecha  y  avise  a  las autoridades.
4.  Ante amenaza de bomba o cualquier otro artefacto explosivo, siga las indicaciones que con respecto de su seguridad reciba, por parte de los expertos en su manejo. 
Recomendaciones específicas en caso de amenazas
1. Asuma como  cierta  toda  clase de  amenaza,  no  entre  en pánico y  avise a las autoridades; nunca acepte la intermediación de terceros y analice la pertinencia de su divulgación.
2.  Intente  establecer  el  origen  y  los  posibles  autores  de  la  amenaza  (tono  de  voz,  acento, género, frases utilizadas), así como un posible móvil e infórmelo.
3. Grabe las  conversaciones e instale un identificador  de llamadas; si es por escrito conserve el documento.

Recomendaciones específicas en caso de atentado
1. Huya del atacante y protéjase; llame la atención.
2. Trate de memorizar los rasgos físicos y la vestimenta de quien quiere atentar contra usted.
Si lo persiguen desde un vehículo, memorice la placa, el color y el modelo.
3. Si  viaja en un automotor,  mantenga las puertas con  seguro y preferiblemente los vidrios arriba.
No  se  detenga  en  lugares  aislados.  Si  lleva  acompañantes  y  los  persiguen,  pídales  que  se tiren al suelo hasta que pase el peligro.
4.  Si  va  a  pie  ingrese  a  lugares  concurridos,  de  vigilancia  policial  o  privada  y  centros comerciales.  Avise  a  vigilantes  o  personas  que  puedan  escoltarlo  hasta  un  lugar  seguro  y pueda llamar a las autoridades o alguien de su confianza.


Recomendaciones específicas en caso de secuestro
1. No pierda la calma y evite confrontar a sus secuestradores.
2. Adopte un papel pasivo.
3. Siga las recomendaciones de sus secuestradores.
4. Ignore los intentos de desestabilizarlo emocionalmente.
5. Dialogue  con sus captores e  indíqueles  que  es  periodista,  que su  oficio  es  informar y  que no es su enemigo.
6. No esconda información. Responda única y exclusivamente lo que le pregunten.
7. Solicite avisar a su familia.
8. Mantenga su mente activa: lea, escuche radio, escriba.
9. Si son varios los secuestrados, brinde apoyo anímico.

Recomendaciones específicas en caso de hostigamiento por parte de elementos de la fuerza pública
1. Evite discusiones acaloradas o forcejeos.
2. Proteja su equipo y en caso de que sea privado del mismo, demuestre su inconformidad.
3. Si es víctima de una detención ilegal, agresión o abuso por parte de elementos de la fuerza pública, de aviso a la instancia correspondiente para activar el procedimiento de  medidas cautelares en su caso, y procure la denuncia oportuna de los hechos ante las Autoridades competentes.
4. Si se da  cuenta  de  que  está siendo fotografiado  o  filmado,  haga usted  lo  mismo: grabe o fotografíe a la persona, mientras ésta lo hace con usted.
Recomendaciones específicas en caso de protestas y desorden civil
1.  Permanezca  alerta  ante  dispersiones  con  gas  lacrimógeno  o  artefactos  incendiarios.
Equípese con una toalla y agua.
2. Identificar visiblemente que es periodista.
3. Trate de no quedar en la mitad de los enfrentamientos.
4. No tome partido por ningún bando involucrado.

PROCEDIMIENTO CAUTELAR DE PROTECCIÓN. (NOTA: NO CONTIENE AUN LAS OBSERVACONES DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS Y OFENDIDOS DEL DELITO)
1. El  Estado  tiene la obligación de  crear  un Programa  de Protección Cautelar para Periodistas en situación de riesgo.
2.  La efectividad del Programa, será vigilado por  un  Comité  de Riesgo   integrado  por representantes  de  los  tres  Poderes  del  Estado,  organizaciones  de  derechos  humanos  y agrupaciones periodísticas.
El Comité, estará integrado por los representantes de las siguientes instancias:
a)    Un representante de la Fiscalía General del Estado; Un representante de la Secretaria General de Gobierno; Un representante de la Coordinación de Comunicacion Social.
b)    La Comisión Estatal de Derechos Humanos y,
c)      El Poder Judicial
d)      El Poder Legislativo
     d) Cinco representantes de agrupaciones de periodistas, designados en forma rotativa.
Sin excepción, ninguna instancia representativa deberá ser excluida de las reuniones de trabajo y acuerdos del Comité.
3.  El  Comité  conocerá  de  las  amenazas  y  agresiones  por  contacto  directo  del  periodista afectado,  por  información  suministrada  por  las  autoridades;  a  través  de  los  medios  de comunicación y otros medios.
4.  Conocida  la  amenaza,  será  atendida  por  el  Grupo  Técnico  del  Comité,  integrado  por  un representante  del  Poder  Ejecutivo Estatal,  por conducto de la Fiscalía Especializada en Atención a Víctimas y Ofendidos del Delito, y de la  Comisión  Estatal  de  Derechos  Humanos,  con  el  auxilio  pericial  necesario,  quienes  se entrevistarán con la víctima, y evaluarán el nivel de riesgo.
5. La autoridad abrirá una carpeta de investigación, con la sola manifestación del periodista.
6.  El  Grupo  Técnico  citará  al  Comité  y  presentará  un  dictamen  para  la  adopción  de  medidas cautelares, de no ser posible por la urgencia del caso, las dictará la Fiscalía General del Estado, por conducto de su Fiscalía Especializada en Atención a Víctimas y Ofendidos del Delito.
7.  Las  medidas  cautelares  que  se  adopten,  deberán   asegurar  la  protección  integral  del periodista, su familia y el medio de comunicación.
8. De acuerdo a la experiencia internacional, las medidas cautelares podrán ir desde seguridad personal hasta el traslado del periodista fuera de la zona de origen, dependiendo del caso.
9.  Las  medidas  cautelares  deberán  estar  sujetas  a  revisión  periódica  y  condicionadas  a  la permanencia y grado de riesgo.
10.  Cuando  las  medidas  cautelares  requieran  del  uso  extraordinario  de  recursos,  se  deberá recurrir  a  los  programas establecidos,  así como  los  que  se  integran con  las  aportaciones del sector público y privado.
11.  El Comité  sesionará al  menos una vez cada dos meses y de  forma extraordinaria cuando lo requiera el Grupo Técnico.
12.  Con la  finalidad  de fortalecer  este procedimiento  de  protección, el periodista podrá acudir a otras instancias nacionales o internacionales con el ánimo de la máxima protección.
13.  El  Comité de  Riesgo podrá solicitar  información  a  la  Fiscalía  Especial para la  Atención  de Delitos Contra la Libertad de Expresión (FEADLE) adscrita a la Procuraduría General de la República (PGR)  
14.-Se instrumentará la atención especializada para los casos de ataques a periodistas, por medio del número de emergencia que a nivel local y Estatal se asigne, a fin de que los afectados cuenten con acceso rápido al auxilio, ante una situacion de agresión.

PROCEDIMIENTO DE FLUJO DE INFORMACIÓN DE LA AUTORIDAD
1.  En  todo  momento  la  autoridad  está  obligada  a  actuar  con   respeto  a  los periodistas, atendiéndolos en sus solicitudes oficiales de información que sean formuladas.
2. Las  autoridades, por  conducto de  las  instancias facultadas  para  proporcionar  información, darán  aviso  a  los  medios  de  comunicación  o  reporteros  del  incidente  tan  pronto  como  sea posible.
3.  La  autoridad  está  obligada  a  proporcionar  información  de  los  sucesos  de  manera permanente, con las excepciones de aquella clasificada como reservada o confidencial.
4.  Independientemente  del  envío  de  comunicados,  la  autoridad  propiciará  entrevistas  con  la finalidad de atender cuestionamientos.
5.  Las  políticas  de  Comunicación  Social  serán  establecidas  tomando  en  cuenta  las observaciones de los periodistas y medios de comunicación.  
6. La Coordinacion de Comunicación Social en conjunción con la Fiscalía General del Estado, informará a  los representantes de los diferentes  medios  de  comunicación  de  los  cambios  y/o  modificaciones  referentes  al flujo de información. 
7.  Las  áreas  de  comunicación,  deben  privilegiar  la  máxima  apertura  de  la  información equilibrándolas con la protección de las investigaciones.

SEGUNDO.- El Comité y el Grupo Técnico integrados con motivo  de los trabajos  inherentes a la  implementación del  Sistema  Integral de Seguridad para Protección de Periodistas  del  Estado de Chihuahua, podrán reunirse con cierta regularidad  para  revisar  la  situación  del  periodismo  en  Chihuahua,  y  de  manera extraordinaria, cuando se presente algún suceso que lo amerite.

TERCERO.- Este  Acuerdo  entrará  en  vigor  a  partir  de  la  fecha  de  su  suscripción, ordenándose su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Chihuahua, Chihuahua, a los _____ días del mes de ______ del año dos mil ________.

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIC. CÉSAR HORACIO DUARTE JÁQUEZ

EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
LIC. RAYMUNDO ROMERO MALDONADO

LIC. CARLOS MANUEL SALAS
FISCAL GENERAL DEL ESTADO

DR. ARMANDO GARCÍA ROMERO
FISCAL ESPECIALIZADO DE ATENCIÓN
A VÍCTIMAS Y OFENDIDOS DEL DELITO

LIC. JUAN RAMÓN FLORES GUTIÉRREZ
COORDINADOR DE COMUNICACIÓN SOCIAL
DE GOBIERNO DEL ESTADO

DIP. FRANCISCO SALCIDO LOZOYA
PRESIDENTE  DEL H. CONGRESO DEL ESTADO

LIC. JAVIER RAMÍREZ BENÍTEZ
PRESIDENTE DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO


TESTIGOS DE HONOR


LIC. JOSÉ LUIS ARMENDÁRIZ GONZÁLEZ
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS

LIC. ROBERTO PIÑÓN OLIVAS
PRESIDENTE HONORARIO VITALICIO DE LA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PERIODISTAS MEXICANOS, A.C. (FAPERMEX)

LIC. LOURDES DÍAZ
PRESIDENTE DEL COLEGIO DE PERIODISTAS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A.C.

LIC. ADRIAN GARCÍA
PREESIDENTE DEL FORO DE PERIODISTAS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, A.C.

LIC. ROSARIO AGUILAR CHAMPO
PRESIDENTA DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE PERIODISTAS “DR. BELISARIO DOMÍNGUEZ”, A.C.

LIC. ROBERTO DELGADO ESCALANTE
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE PERIODISTAS DE CUDAD JUÁREZ, A.C.

LIC. RAMÓN SALCIDO MORENO
PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD DE PERIODISTAS Y COMUNICADORES DE CIUDAD JUÁREZ, A.C.

LIC. JORGE MACÍAS RODRÍGUEZ
PRESIDENTE DEL INSTITUTO INTERNACIONAL DE PERIODISMO Y COMUNICACIÓN POLITICA, A.C.

LIC. ROMÁN RENÉ MEDRANO CARRASCO
COLEGIO DE PERIODISTAS “JOSÉ VASCONCELOS”, A.C.

LIC. EDGAR PEINADO RUIZ
ASOCIACIÓN ESTATAL DE PERIODISTAS Y COMUNICADORES DE CHIHUAHUA, A.C.

PROF. ANTONIO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ
ASOCIACIÓN DE EDITORIALISTAS DE CHIHUAHUA, A.C.

LIC. RICARDO ALÁN BOONE SALMÓN
PRESIDENTE DE LA CÁMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA RADIO Y TELEVISIÓN DELEGACIÓN CHIHUAHUA